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GREEN CARD A TRAVÉS DEL EMPLEO

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visa de trabajo

Bueno, aunque la mayoría de las visas de tipo no inmigrante para trabajadores temporales ofrecen períodos de renovación, existe un límite de tiempo máximo para permanecer bajo ese estatus. Por lo tanto, es importante planificar qué hacer después de que se complete el período de trabajo en los Estados Unidos.

En algunos casos, la empresa empleadora que ha patrocinado al extranjero para obtener una visa de trabajador temporal también puede servir como patrocinador para que él inmigre legalmente al país y reciba su residencia o green card basada en el empleo. Este tipo de trámite, que suele demorar entre tres y cuatro años, puede iniciarse mientras el extranjero cuente con una visa de trabajo temporal vigente y trabaje para su empresa patrocinadora. Si su green card es aprobada de esta manera, puede ajustar su estatus a residente mientras se encuentre en el país, siempre y cuando mantenga vigente su estatus de trabajador temporal anterior al momento del cambio.

A continuación se muestra una lista de los tipos de visas de trabajo temporales, sus renovaciones y la duración máxima de estadía que permiten en los Estados Unidos (según la información proporcionada por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. - USCIS):

E-1: comerciantes que sean ciudadanos de países que tengan tratados de comercio o navegación con los Estados Unidos y que lleguen al país para realizar intercambios comerciales sustanciales, principalmente entre su país de nacionalidad y los Estados Unidos, incluyendo el intercambio de servicios o tecnología .

E-2: inversionistas que son ciudadanos de países que tienen acuerdos comerciales o de navegación con los Estados Unidos y que llegan al país para desarrollar y dirigir operaciones de una empresa en la que estos extranjeros han invertido o están en proceso de invertir una suma considerable de capital.

Condiciones para ambas visas: Tiempo inicial de estadía: dos años. Renovaciones: por períodos de dos años, sin limitaciones, con algunas excepciones. Duración máxima de la estancia: sin limitaciones, con algunas excepciones.

H1-B: trabajadores especializados (profesionales con título de licenciatura, grado técnico o experiencia laboral equivalente a haberse graduado de una institución académica estadounidense). Duración inicial de la estancia: hasta tres años. Renovaciones: una sola por tres años. Duración máxima de la estancia: seis años.

H1-C: enfermeras registradas (certificadas por la Comisión de Enfermeras Graduadas Extranjeras) que vienen al país a trabajar en un hospital o centro médico que tiene escasez de estos profesionales. Duración inicial de la estancia: hasta tres años. Renovaciones: hasta tres años en total.

Duración máxima de la estancia: tres años.

L-1A: por transferencia dentro de la empresa de una sucursal fuera de los Estados Unidos a una que ya opera en el país o está por abrir.

Duración inicial de la estancia: Si te incorporas a una oficina que ya está abierta, tres años. Si llega a una nueva oficina, un año. Renovaciones: por periodos de dos años. Duración máxima de la estancia: siete años.

L-1B: por transferencia dentro de la empresa desde una sucursal fuera de los Estados Unidos a una que ya opera en el país o está por abrir.

Duración inicial de la estancia: Si te incorporas a una oficina que ya está abierta, tres años. Si llega a una nueva oficina, un año. Renovaciones: por periodos de dos años. Duración máxima de la estancia: cinco años.

Alternativamente: personas con habilidades extraordinarias en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o los deportes. Duración inicial de la estancia: tres años. Renovaciones: un año. Duración máxima de la estadía: si se limita ahora.

P: (P-1, P-2, P-3, P-4): atletas y profesionales del entretenimiento reconocidos internacionalmente por sus carreras, artistas y profesionales del entretenimiento bajo programas de intercambio recíproco o bajo un programa culturalmente único.

Tiempo inicial de estancia: deportistas individuales hasta cinco años. Deportistas y grupos de animación, un año. Renovaciones: atletas individuales, período de hasta cinco años. Deportistas y grupos de animación, un año. Duración máxima de la estancia: atletas individuales, 10 años. Deportistas y grupos de animación, ya sin límite máximo de estancia.

P: participantes en programas de intercambio cultural internacional.

Duración inicial de la estancia: hasta 15 meses. Renovaciones: hasta 15 meses en total. Duración máxima de la estancia: 15 meses.

R (R-1 y R-2): trabajadores temporales en ocupaciones religiosas.

Duración inicial de la estancia: tres años. Renovaciones: por periodos de dos años. Duración máxima de la estancia: cinco años.

Preguntas frecuentes:

¿Cómo obtener una green card con una visa de trabajo?

Sin embargo, existe un tipo de visa que requiere que el solicitante tenga una oferta de trabajo de una empresa local para poder cumplir el sueño americano. La visa EB-3 otorga un permiso de trabajo en los Estados Unidos basado en una oferta de empleo y otorga la green card al solicitante y su familia.

¿Cómo solicitar una visa de trabajo en los EE. UU.?

El peticionario debe presentar un formulario específico con el USCIS. Los solicitantes de trabajadores no estadounidenses deberán solicitar la visa H-2B en una embajada o consulado de EE. UU. en el extranjero y luego solicitar la admisión en un puerto de entrada.

¿Cómo ir a los Estados Unidos legalmente a trabajar?

Puede obtenerlo a través de inversión (visa EB5), existencia de familiares estadounidenses o mediante visas de trabajo requeridas por el empleador. En este último caso, el empleador debe enviar una carta de solicitud/empleo al empleado para que tenga derecho a trabajar allí.

¿Cuánto tiempo lleva recibir una visa después de la entrevista?

¿Cuánto dura la visa? Luego de realizada la entrevista con el funcionario consular y aprobada la visa estadounidense, el pasaporte será retenido en el Consulado para la publicación de la visa y será enviado a la dirección indicada dentro de 10 a 20 días hábiles.

ALESSANDRO ALVES JACOB

Sr. Alessandro Jacob palestrando sobre a legislação brasileira na conferência da "International Bar Association"

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